Impuesto a la Riqueza

El Impuesto a los Ricos o a la Riqueza está dando que hablar en Argentina y por eso hoy te quiero explicar los puntos más importantes del Impuesto a las Grandes Fortunas.

IMPUESTO A LAS GRANDES FORTUNAS ✌

Argentina es un país bien conocido por la capacidad inventiva a la hora de crear nuevos impuestos y hoy te quiero comentar el nuevo “Impuesto a la Riqueza” o “Impuesto a las grandes fortunas” para que entiendas bien de qué se trata.

https://www.youtube.com/watch?v=hrBHRi4M660

IMPUESTO A LOS RICOS

Con 133 votos a favor, 115 negativos y 2 abstenciones, la cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que grava las grandes fortunas y quedó a un paso se ser aprobada.

Son muchas las dudas que surgen sobre este impuesto y miedos también por parte de las personas que no están afectadas por una simple razón, ningún impuesto es transitorio ni específico en Argentina.

La mayoría de los impuestos en este país empezaron como específicos y luego se extendieron a todos, así como los transitorios se volvieron permanentes. Al menos los impuestos más importantes.

Pero para despejar todas las dudas y temores quiero intentar acercarte lo más claro posible de qué trata el impuesto y que luego, con toda esta información, vos hagas tu propio análisis y me dejes en la caja de comentarios ¿qué te parece la iniciativa?

Este apartado informativo no pretende ser un análisis técnico en profundidad de la normativa sino más bien un acercamiento para que puedas entender de que se trata. Si queres más información te recomiendo consultar con un contador público ya que es la persona más indicada para hablar sobre los aspectos técnicos de este impuesto.

Es más, invito a todos los contadores que miran el canal a comentar sobre su postura técnica con respecto al impuesto a las grandes fortunas, así podemos ampliar el conocimiento de todos en base a su experiencia.

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Empecemos con las interrogantes.

PREGUNTAS SOBRE EL IMPUESTO A LAS GRANDES FORTUNAS

¿Cuál es el objetivo del Impuesto a la Riqueza?

El objetivo es ser un aporte solidario y extraordinario para ayudar a mermar los efectos de la pandemia.

¿Quiénes deben pagar el Impuesto a la Riqueza?

El impuesto debe ser pagado por aquellos residentes (personas humanas) que tengan bienes (en el país o en exterior) cuyo valor supere los $200 millones.

Quedan excluidas las empresas, es decir, las empresas que superen el mínimo no pagaran el impuesto ya que el mismo es para las personas humanas. Sin embargo, las participaciones en empresas sí cuentan.

¿Cuántas personas estarán alcanzadas por el Impuesto a la Riqueza?

La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estimó en un informe presentado al Congreso que, según las declaraciones de fines de 2019, las personas alcanzadas serían alrededor de 9.298.

¿Cuánto recaudaría el Impuesto a la Riqueza?

Según Afip, teniendo en cuenta lo de 2019, la recaudación podría alcanzar los $ 308 mil millones. Estos $ 308 mil millones equivalen al 1,1% del Producto Bruto Interno (PBI) de este año.

Casi la mitad de la recaudación de este impuesto a la riqueza ($ 154 mil millones) se le cobraría a 253 personas, cuyos patrimonios declarados superan los $ 3 mil millones.

¿Cuántas veces se paga el Impuesto a la Riqueza?

Sería por única vez, salvo que pase algo en el futuro que altere la normativa. La propuesta legislativa aclara que se trata de un aporte “con carácter de emergencia y por única vez”.

¿Cómo es la alícuota del Impuesto a la Riqueza?

No es una alícuota única, sino que es un sistema progresivo con alícuotas variables y un aporte fijo.

Resumidamente sería algo así.

El monto fijo varía entre los $6 y los $88,5 millones.

Las alícuotas van del 2% al 3,5% para bienes declarados en el país.

En el caso de bienes declarados en el exterior sería un 50% más, es decir, irían del 3% al 5,25%.

Si entramos más en detalle en la escala quedaría de la siguiente forma.

Por patrimonios declarados entre 200 y 300 millones de pesos, se pagará una alícuota de 2% sobre el total de los bienes. Es decir, cada contribuyente en esa categoría debería abonar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) entre 4 y 6 millones de pesos.

A quienes tienen declarados entre $300 y $400 millones les tocaría pagar $6 millones más un 2,25% sobre el excedente de $300 millones. O sea, que podría incrementarse el tributo en hasta otros $2,2 millones.

Para patrimonios entre $400 y $600 millones se incrementa el pago a $8,25 millones más un 2,5% sobre el excedente de $400 millones. En el máximo de esta categoría el monto total superaría los 13 millones de pesos.

Hay más escalas hasta llegar a la última, para patrimonios superiores a $3000 millones, a quienes se les cobrará una base de $88,5 millones más un 3,5% sobre el excedente.

¿El Impuesto a la Riqueza se superpone a Bines Personales?

Sí. Hay que pagar Bienes Personales y también este impuesto que grava de cierta forma los mismos activos.

Se plantea una doble imposición lo cual es un tema no menor desde lo técnico. Y no solo con este impuesto sino que hay que sumarle todos los impuestos provinciales que gravan el patrimonio.

El Impuesto a la Riqueza ¿grava el patrimonio?

Acá es donde surge otro problema técnico, al menos por como está redactado hoy el impuesto a las grandes fortunas. No quita que en un futuro Afip lo reglamente mejor.

El problema es que se lo trata como un impuesto al patrimonio, pero no lo es.

Para ponerlo en términos muy simples, cuando gravamos el patrimonio tenemos en cuenta los activos (por ejemplo una maquinaria) y los pasivos (por ejemplo las deudas). En base a eso se determina el impuesto a pagar.

En el caso del impuesto a las grandes fortunas no se permite descontar los pasivos (por ejemplo las dudas) sino que se grava directamente los activos de las personas.

En otras palabras, es un impuesto a los activos, no al patrimonio.

Un ejemplo muy burdo y poco profesional sería que si sacaste un crédito para comprar el activo, pagas el impuesto a la riqueza igual, por más que debas todo el bien. Otro caso sería que tu empresa sea intensiva en capital y estés en quiebra, también lo pagarías.

Nuevamente, todo esto por como está redactada hoy la normativa. Lógicamente luego Afip deberá o no, agregar algunos ajustes técnicos.

El impuesto a la riqueza, ¿es confiscatorio?

Muchos analistas dicen que sí, otros dicen que no.

Al ser un impuesto que se aplica directamente sobre los activos de las personas es ahí donde aparece la interrogante.

Básicamente se paga entre el 2% y el 5,25% de los activos y si a eso le sumamos bienes personales el porcentaje se dispara.

¿Pueden las personas decidir no pagar el impuesto a las grandes fortunas?

No, por ley deben pagarlo.

Ahora bien, si consideran que vulnera su patrimonio, entonces existen mecanismos legales para afrontar la situación y comenzar un juicio.

Esto es lo que más se teme. De comenzar una avalancha de juicios, no solo no se recaudaría nada sino que tensaría las relaciones.

El Impuesto a los Ricos ¿tiene un destino específico?

Si. La normativa asigna un destino específico a lo recaudado por este impuesto.

  1. La mayor porción, un 25%, irá para programas de exploración y desarrollo de gas natural, a través de la empresa estatal Enarsa en acuerdo con YPF;
  2. Un 20% de la recaudación se destinará a la compra y/o elaboración de equipamiento e insumos críticos para la emergencia sanitaria vinculada a la pandemia;
  3. Otro 20% iría al programa de becas Progresar, del Ministerio de Educación:
  4. Otro 20% será para subsidios a pequeñas y medianas empresas afectadas por la pandemia;
  5. Por último, el 15% se destinará a programas para mejoras habitacionales y sanitarias de barrios populares.

¿Qué opinas de este impuesto?

20 enero, 2021

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